BOP. 168    25/07/2022


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS

Número de registro: 5415/2022

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PROCEDIMIENTO DE NUEVA BAREMACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TEMPORALES DE TÉCNICOS SUPERIORES EN EDUCACIÓN INFANTIL EN REGIMEN LABORAL PARA LA ESCUELA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN INFANTIL DEL AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS.

SECCIÓN SEXTA

Núm. 5415

AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 4 de julio de 2022 se ha aprobado la convocatoria del procedimiento para una nueva baremación de la bolsa de trabajo de técnicos superiores de Educación Infantil, con la finalidad de cubrir temporalmente vacantes, sustituciones y demás situaciones temporales, mediante contratos de interinidad u otros contratos laborales temporales que surjan o puedan surgir en la Escuela Municipal de Educación Infantil Gloria Fuertes, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria del procedimiento de nueva baremación
de la bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades temporales
de técnicos superiores en Educación Infantil en régimen laboral
para la Escuela Municipal de Educación Infantil
del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros

Primera. — Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto iniciar el procedimiento para una nueva baremación de la lista de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de técnicos especialistas en Educación Infantil, en régimen laboral, con destino en la Escuela Municipal Infantil Gloria Fuertes, con el fin de que la misma contenga aquellos aspirantes actualmente interesados.  

Considerando que este Ayuntamiento debe garantizar el funcionamiento de la Escuela Infantil con el debido cumplimiento de la preceptiva ratio alumnos/docente, se hace necesario proceder a la presente convocatoria de baremación de la citada bolsa de trabajo, con la finalidad de cubrir temporalmente vacantes, sustituciones y demás situaciones temporales, en la categoría de técnicos superiores de Educación Infantil, mediante contratos de interinidad u otros contratos laborales temporales que surjan o puedan surgir en la Escuela Municipal de Educación Infantil Gloria Fuertes.

Segunda. — Participantes en el procedimiento de nueva baremación.

Son sujetos de nueva baremación todos los integrantes de la bolsa de trabajo para la cobertura de necesidades temporales de técnicos superiores en Educación Infantil, en régimen laboral, con destino en la Escuela Municipal Infantil Gloria Fuertes. La relación nominal de los integrantes convocados se publicará en la página web municipal, empleo público.

En el supuesto de que algún interesado no se encuentre incluido en la relación nominal de los integrantes convocados y considere que debe figurar en la misma, deberá ponerse en contacto con el Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, para su comprobación, y, en su caso, incorporación al procedimiento.

En caso de no estar conforme con alguno de los datos señalados en dicha relación nominal de aspirantes convocados, podrá consignar en la propia solicitud la rectificación correspondiente, que quedará supeditada a la comprobación de los extremos alegados.

Tercera. — Instancias: Forma y plazo de presentación.

Las instancias solicitando participar en el procedimiento de nueva baremación, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases de la convocatoria, se dirigirán a la señora alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las instancias serán presentadas en el plazo de veinte días naturales siguientes al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOPZ. Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente.

A la instancia se acompañará:

a) Documento nacional de identidad.

b) Certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en la categoría profesional de Técnico Superior de Educación Infantil.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las presentes bases.

Cuarta. — Valoración de méritos.

La valoración de méritos se efectuará por una Unidad Técnica compuesta por el señor secretario general y la señora técnico del Servicio de Recursos Humanos, siendo el último día de validez de los méritos el de la fecha de publicación de las presentes bases de esta convocatoria en el BOPZ.

Solo serán valorados aquellos méritos que consten en la solicitud presentada, siempre y cuando estén debidamente acreditados.

El nuevo baremo aplicable será únicamente el siguiente criterio:

• Tiempo de servicios prestados en régimen de derecho laboral en el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros en el desempeño del puesto de trabajo de técnico superior de Educación Infantil, a razón de un punto por año completo de trabajo, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial. En todo caso, se valorarán, los meses completos trabajados con la parte proporcional de puntos asignados a cada año completo, no así los días que falten para completar un mes.

Este criterio se acreditará mediante certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, en la categoría profesional de técnico superior de Educación Infantil.

Al tratarse de una nueva baremación, los candidatos convocados nominativamente en la relación que se publicará en la página web municipal, que no participen en este proceso decaerán de la bolsa de trabajo.

En el supuesto de que se produjese empate en el total de la puntuación obtenida, la prelación vendrá determinada por la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en caso de persistir el empate por la mayor edad del aspirante. 

Quinta. — Desarrollo del procedimiento.

Finalizada la valoración de los méritos, la Unidad Técnica de Valoración publicará en la página web municipal la lista provisional con la puntuación obtenida en la nueva baremación.

Los aspirantes que no estuvieran conformes con los datos o la puntuación asignada en la citada lista provisional, podrán presentar alegaciones en el plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación en la página web municipal.

Serán desestimadas aquellas alegaciones que no correspondan con los méritos que consten en la solicitud presentada por el interesado.

Analizadas las alegaciones, la Unidad Técnica de Valoración emitirá propuesta a la Alcaldía de la relación definitiva de la nueva baremación, cuya resolución se publicará en la página web municipal.

Sexta. — Funcionamiento de la bolsa de trabajo.

1. La constitución de la bolsa de trabajo no crea derecho alguno a favor de sus integrantes, salvo la de su llamamiento para la contratación como personal laboral temporal por el orden establecido.

2. Serán causas de exclusión de la bolsa de trabajo:

a) La no aportación en su caso de documentación que pueda ser requerida al aspirante, así como la falsedad en la documentación relativa a los requisitos exigidos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en las instancias de solicitud de tomar parte en las pruebas selectivas. 

b) No comparecer a la firma del contrato dentro del plazo comunicado en el llamamiento.

c) No someterse a reconocimiento médico o no superarlo por obtener la calificación de no apto.

La exclusión de un integrante de la bolsa deberá serle notificada por escrito. La no aceptación de la propuesta de trabajo ofertada mediante llamamiento sin concurrir alguna de las causas de no exclusión que seguidamente se detallan será causa de exclusión.

3. No serán causa de exclusión de la bolsa de trabajo las siguientes circunstancias debidamente acreditadas en el plazo máximo de tres días hábiles desde el llamamiento:

a) Baja por maternidad o paternidad.

b) Baja por enfermedad o accidente.

c) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

Estas personas mantendrán, por tanto, su posición en la bolsa de empleo. La no acreditación de estas circunstancias en el plazo indicado será causa de exclusión de la bolsa.

En estos supuestos, el aspirante continuará en la misma posición que ocupaba inicialmente, si bien no será activado en la bolsa y no se le ofrecerá ningún contrato laboral temporal hasta que comunique al Ayuntamiento su disponibilidad, por haberse modificado la causa que alegó para no aceptar la oferta de trabajo.

d) Estar trabajando en cualquier organismo público o empresa privada.

La no aceptación de la propuesta de trabajo ofertada mediante llamamiento, cuando concurra esta causa que deberá ser acreditada en el plazo máximo de tres días hábiles desde el llamamiento, no será causa de exclusión, pero supondrá para el afectado pasar al último lugar de la bolsa. La no acreditación de estas circunstancias en el plazo indicado será causa de exclusión de la bolsa.

La realización de una contratación laboral por parte del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros en la categoría profesional de técnico superior de Educación Infantil, no excluye la posibilidad de ser contratado nuevamente en otras ocasiones por este Ayuntamiento en la misma categoría profesional, ni hace perder al aspirante la posición que ocupaba en la lista según la puntuación obtenida.

4. Será causa de exclusión de la bolsa de trabajo la baja voluntaria del puesto de trabajo durante su ejercicio, excepto por la causa señalada en el apartado 3, letra c de esta misma base que supondrá en este caso pasar al último lugar de la bolsa.

5. La bolsa de trabajo será publicada en la página web municipal.

6. Procedimiento de llamamiento: El llamamiento se producirá por riguroso orden de puntuación en el siguiente sentido:

A medida que se produzcan necesidades cuya cobertura sea solicitada se procederá de la siguiente forma: 

Se contactará telefónicamente (mediante llamada) y por correo electrónico con los aspirantes siguiendo rigurosamente el orden establecido en la bolsa. El aspirante deberá dar una respuesta a la oferta de empleo en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el envío del correo electrónico. Se realizarán como máximo tres intentos de comunicación telefónica en horas distintas del mismo día.

En el caso de que no se pueda localizar a un/a aspirante después de haber realizado tres intentos de comunicación en el horario de 8:00 a 15:00 horas, se procederá a llamar al siguiente aspirante de la lista, de las gestiones realizadas se dejará constancia por escrito en el expediente, a los efectos de continuar el correspondiente procedimiento.

7. Aportación de documentación y contratación.

Los aspirantes que sean llamados y propuestos para su contratación, previa aceptación de los mismos, deberán aportar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo máximo de dos días hábiles, desde la aceptación de la contratación los documentos requeridos por el Servicio de Recursos Humanos. 

Si dentro del plazo expresado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentará la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos en estas bases, no podrá ser contratado para ocupar la plaza objeto del llamamiento y quedarán anuladas las actuaciones realizadas al respecto, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Completada la documentación, se procederá a efectuar la contratación como personal laboral temporal mediante resolución de Alcaldía.  

Séptima. — Aplicación de la lista resultante y del funcionamiento de la bolsa.

La entrada en vigor de la nueva prelación de la bolsa de trabajo y de su funcionamiento como consecuencia de la presente convocatoria, coincidirá con el inicio de los llamamientos, si son necesarios realizar, para el comienzo del curso 2022-2023.

Octava. — Recursos.

Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación de la Unidad Técnica de Valoración, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ejea de los Caballeros, a 18 de julio de 2022. — La alcaldesa, Teresa Ladrero Parral.

ANEXO

Modelo de instancia

Don/doña ......, con DNI núm. ......, con domicilio en ......, código postal ......,
municipio de ...... teléfonos  ...... y  ......, e-mail ......

Expone:

Que está interesado/a en participar en la nueva baremación de la bolsa de trabajo creada para la cobertura de necesidades temporales de técnicos especialistas en Educación Infantil del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria.

Que acompaña a esta instancia, documento nacional de identidad y certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Que en vista de lo que ha expuesto,

Solicita:

Ser admitido como participante en el citado procedimiento de baremación.

 

Ejea de los Caballeros, ...... de ...... de 20......,

 

Fdo. ......

Sus datos personales pasarán a formar parte de ficheros responsabilidad del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros. Estos ficheros se utilizan para la gestión del proceso de oposición de acuerdo con las Bases del mismo así como la posterior gestión de la Bolsa de Empleo, si la hubiere. 

Los datos de nombre y apellidos, DNI y calificación parcial o final podrán ser expuestos para dar publicidad al proceso de oposición en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de acuerdo con la normativa vigente.

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercitados mediante escrito acompañado de fotocopia del DNI dirigido al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, Cosculluela 1, 50600 Ejea de los Caballeros (ZARAGOZA).

 

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS.

 

 

Cerrar